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giovedì 24 giugno 2010

La Quebrada, el derecho a la tierra

La Quebrada, el derecho a la tierra (Argentina)
http://www.sosperiodista.com.ar/El-Pais/La-Quebrada,-el-derecho-a-la-tierra-y-el-email

Interesante artículo porque se trata del mismo tipo de problemas que nosotros tratamos a partir de los principios de Legalidad y Legitimidad. Val la pena leerlo (PG)

Pocos correos electrónicos han sido tan difundidos como el que refiere al despojo de tierras en La Quebrada de Humahuaca y que lleva circulando al menos dos años. El autor de este artículo reflexiona sobre la compleja situación en la región respecto a quién le corresponden las tierras y por qué. Y dispara: "Un caso es el reclamo de aquellos que están en un terreno fiscal y otra es la postura de todos aquellos que, invocando esa condición “originaria”, se creen con el derecho de que les den un pedazo de tierra que ni siquiera han pisado". El periodista ciudadano grafica un complejo cuadro donde la justicia, la legalidad, la legitimidad y la cultura están en juego.

Oscar Branchesi (Tilcara, Jujuy)
info@cerromorado.com.ar

De los derechos a las tierras. Jujuy, igual que el resto de la región andina, se caracterizó por un sistema de propiedad comunal de las tierras, como pequeños poblados autónomos primero e integrados al Imperio Inca a partir del siglo XV. Efectivizada la conquista española a partir de 1594, pasan a ser “tierras de encomienda” y “mercedes de tierra” (según hayan estado pobladas o no), pero siempre manteniendo la estructura de comunidad, bajo el mando de un “curaca” (denominación local de los caciques).
En la Quebrada de Humahuaca, con la llegada de la independencia, estas tierras comunales pasaron a ser “propiedad pública” y concedidas en enfiteusis (sistema de cesión de bienes raíces a largo plazo o en forma permanente mediante el pago de un canon anual), pero con la especificación de que: “Gozan de preferencia los indíjenas originarios de los terrenos que fueron de comunidad” (Art. 5 del Reglamento Enfitéutico – 16/04/1839). Estas disposiciones posibilitaron que -a diferencia de otras regiones de Argentina- se formara una estructura de pequeñas parcelas que fueron adquiridas por sus ocupantes: en 1883, en el Departamento Tilcara, de 148 propietarios sólo 4 tenían más de tres propiedades (información tomada de “Introducción a la Geografía Histórica de la Quebrada de Humahuaca” – Mirta Ana Seca – U.B.A./F.F.L./Instituto Interdisciplinario Tilcara).
En la Puna Jujeña, en cambio, el dominio de la familia Campero (descendientes del Marques de Yavi) se extendía por una enorme región desde Salinas Grandes de Jujuy hacia el Norte, hasta La Quiaca, Yavi, Santa Victoria Oeste (provincia de Salta) y parte del Sur de Bolivia hasta las cercanías de Tarija.

La Asamblea de 1813 hace caducar el sistema de encomiendas, lo que da lugar a reclamos de las comunidades de Casabindo y Cochinoca que estaban bajo este sistema. La familia Campero argumenta que son tierras en propiedad y continúan con su tenencia. Resumiendo en extremo el problema: los reclamos y las fricciones se van incrementando, hasta que en 1874 se genera un gran alzamiento armado de los aborígenes puneños, que derrotan a las tropas provinciales en la Batalla del Abra de la Cruz, pero que son derrotados en enero de 1875 en la Batalla de Quera (conocida como “la hecatombe de Quera”, por los fusilamientos y persecuciones que se desarrollaron después de la misma).

La repercusión de este alzamiento es tan grande en los medios de comunicación de la época que, a pesar de la derrota (pero acorde con los vaivenes políticos del momento), la Provincia de Jujuy inicia un juicio contra estos terratenientes. Como resultado de esto, las tierras de Casabindo y Cochinoca (Puna Oeste de Jujuy) pasan a manos de la Provincia, la que efectúa algunos loteos en la zona cercana a Laguna de Pozuelos (en una primera etapa, algunos lugareños alcanzan a comprar lotes, gracias a un préstamo del Banco de la Nación, pero luego las adquisiciones son de grandes inversores externos), quedando el resto como tierras fiscales.

La continuidad de los reclamos da origen, en 1946 al llamado “Malón de la Paz” (marcha a pie de más de un centenar de aborígenes puneños y de la zona de Santa Victoria-Iruya a Buenos Aires para entregar un petitorio al presidente Perón). Como consecuencia, en 1949 se expropian las tierras jujeñas de la familia Campero (región de Yavi), las que nuevamente quedan en manos de la Provincia y no son devueltas a los pobladores locales (Ver: “Hacienda y encomienda en los Andes” de Guillermo B. Madrazo , “Rebeliones indígenas en la Puna” de Irma Bernal – Editorial Búsqueda-Yuchan o “Batalla de Quera” del Ing. Esteban Cardozo – Abra Pampa/Jujuy/2000, “¿De quién es la Puna?” de Andres Hidalgo – UNJU/1996)

Esta situación se mantiene hasta el presente, donde encontramos que buena parte de las tierras de la Puna son consideradas tierras fiscales provinciales.

Como consecuencia de estos procesos, en esta zona se dan varias situaciones relacionadas con las tierras:
a) los que tienen sus papeles en condiciones (los menos)
b) otros que tienen papeles a nombre de algún antepasado y nunca pudieron actualizarlos por falta de dinero.
c) gente asentada en terrenos fiscales, a veces por propia iniciativa u otras con papeles dados por algún político (incorrectamente en muchos casos, como cuando los intendentes regalan tierras provinciales), pero que no pueden legalizar porque no responden a loteos oficializados, por lo que no tienen números de padrón, mensuras, etc.
d) aquellos que están asentados en tierras privadas, ya sea como “caseros” (cuidan casas o terrenos, recibiendo como compensación el uso de los mismos, sin relación de dependencia o sueldo) o como “arrenderos” (alquilan, pagando un “arriendo”, terrenos para la explotación agrícola o ganadera, que, en casi todos los casos, incluye una casa para vivienda). En estos casos, generalmente, se dan relaciones de décadas entre el propietario y sus “caseros” o “arrenderos”
e) los que no tienen tierras

En medio de este caos legal, últimamente se dan muchos reclamos de tierras, especialmente basados en la condición de “aborigen” u “originario” de los reclamantes.

Frente a estos reclamos, hay dos opiniones totalmente encontradas: los que están a favor de los mismos -como una reparación histórica- y los que argumentan que no son válidos, ya que esta situación es producto de una guerra que los aborígenes perdieron hace 500 años y que es absurdo tratar de volver la historia atrás. No sin cierta lógica, ya que si yo voy a Italia a reclamar tierras que le quitaron a mi familia hace cinco siglos, lo mas probable es que, en el mejor de los casos, me saquen a patadas en el culo.

Aquí tenemos que tener en cuenta dos situaciones: una es el reclamo (legítimo, a mi modo de ver) de aquellos que están en un terreno fiscal -ya sea porque su familia lo tiene “desde siempre” o porque se ubicaron allí en épocas más recientes-, lo mejoraron y construyeron en él y otra -muy distinta- es la postura de todos aquellos que, invocando esa condición “originaria”, se creen con el derecho (y la consiguiente obligación estatal) de que les den un pedazo de tierra que ni siquiera han pisado.

Algo que tenemos que pensar es que, a diferencia de lo que pasó con los mapuches en el Sur, los habitantes originarios de la Quebrada (los omaguacas) fueron desapareciendo a lo largo del tiempo (aunque en la zona se conservan algunos apellidos de ese origen: Toconás, Quipildor, Cata Cata, Vilte) y fueron reemplazados por otros aborígenes provenientes de Bolivia o de la Puna (al comienzo traídos por los españoles, llegados por su propia voluntad a partir del siglo XX). La pregunta (que me hago especialmente como defensor de los derechos aborígenes) es: ¿Hasta qué punto tienen derecho estos “originarios” venidos de Bolivia o la Puna (donde los españoles SÍ pueden haberle quitado tierras de las que después se apropiaron otros) a reclamar tierras en la Quebrada (de donde no son “originarios” y donde, como “originarios” nadie les quitó nada)?
¿Tiene derecho, por ejemplo, un matrimonio de recién casados, sólo por tener un apellido andino, a exigir que les den un lote? ¿Tiene derecho (si queremos ser más extremistas y rebuscados con los razonamientos) un guaraní (que también es de un pueblo originario no quebradeño, como en el hipotético caso anterior) a pedir tierra en esta zona únicamente por ser “originario”?

La justicia indica que TODOS tenemos derecho a la tierra (originarios y descendientes de inmigrantes, aquí o en Buenos Aires, jóvenes o mayores…), pero: ¿Qué parámetros usamos para adjudicarla? Si todos somos iguales ante la ley y tenemos los mismos derechos: ¿no sería discriminación regalar tierras a ciertas personas solamente por ser “originarias” y no hacerlo con otros de distinta ascendencia? Desde un punto de vista de argentinos: ¿qué priorizamos: 80 años de permanencia en el país de una familia “originaria” que vino desde Bolivia (por usar el ejemplo más frecuente) o 120 años de permanencia de inmigrantes italianos (por usar, también, el ejemplo más frecuente)?

Otra cosa que hay que tener en cuenta es que hay distintas situaciones: una es la de la Puna, donde las tierras -que estaban en poder de los descendientes del Marques de Yavi- fueron expropiadas por el estado y NUNCA se devolvieron a las comunidades y otra (también muy distinta) es la situación de la Quebrada, donde las tierras fiscales (resto de las antiguas tierras comunales) son totalmente marginales e improductivas y las mejores tienen dueños (en su mayoría aborígenes y como consecuencia de la política de enfiteusis del siglo XIX) dueños que están vendiendo (a muy buen precio y de muy buena gana) esas tierras a los “gringos con plata” que vienen a construir hospedajes (¡que lejos están las épocas en que los quebradeños no vendían las tierras porque habían sido abonadas por el sudor de sus abuelos!).

Además de estos reclamos, aparecen los de aquellos que, en las situaciones que habíamos visto antes, ocupan tierras privadas. En la actualidad, muchos de esos propietarios, que durante décadas no habían prestado atención a su propiedad, tratan de sacar un mayor rendimiento económico de las mismas; en la mayoría de los casos, con proyectos asociados con el turismo, lo que genera una reubicación o expulsión de sus “caseros” o “arrenderos”, los que protestan y se quejan, argumentando su prolongada presencia en las tierras y el trabajo realizado en las mismas.

En este caso, se enfrentan LO JUSTO (el derecho a la tierra de quienes las han trabajado o cuidado durante décadas) y LO LEGAL (los títulos de propiedad). ¿Debemos apoyar “lo justo”, con lo que estamos despreciando la base de nuestro sistema democrático y justificando toda acción de “justicia por sus propias manos” o debemos apoyar “lo legal”, porque es lo correcto aunque nuestro corazón esté del otro lado?

Esto puede parecer una teorización digna de una mesa de café, pero muestra lo complejo desde lo legal y, sobre todo, desde la ética, de la situación.

Es muy fácil engancharse de una cadena de mails y decir “¡pobres los coyitas que tiene problema con las tierras!”. Lo difícil (tremendamente difícil) es poder distinguir entre los que realmente TIENEN GANADO el derecho a la tierra y aquellos que se enganchan a la regalaría fácil de los políticos y (amparados en una condición de aborigen que ostentan de la boca para afuera) exigen que les den lotes, casas (que rara vez pagan) y un montón de etcéteras más, no dando ni siquiera el esfuerzo mínimo del trabajo a cambio.

Aquí se conjugan dos situaciones bastante particulares: la existencia de tierras fiscales y la presencia de gente que viene habitando la zona desde hace años (o que descienden de ellos), lo que hace presuponer un derecho sobre las mismas, pero como se desprende de lo escrito mas arriba, mi postura (que coincide con la de los abuelos quebradeños que conocí hace veinte años) es muy simple: LA TIERRA NO SE REGALA, SE LA GANA CON EL ESFUERZO DEL TRABAJO.

Soy conciente de que esta postura genera cuestionamientos difíciles o imposibles de responder, pero me gustaría que la tierra vuelva a tener el valor sagrado que siempre tuvo para los andinos y no que se la prostituya utilizándola para comprar votos.

Lógicamente, hay quienes están en la vereda de enfrente y son fanáticos partidarios de reintegrar a rajatabla las tierras a sus dueños “originales”, como una reparación de un despojo cinco veces centenario. Para ellos, que desde la distancia ven un usurpador en cada persona de piel un poco más clara que habita la Quebrada, les dejo (para el final, así lo consultan con la almohada) la “pregunta del millón”: pensando que TODAS las tierras del país pertenecieron a pueblos aborígenes: ¿por qué no regalan su casa a un “originario”así son coherentes con sus ideales?

1 commento:

  1. Este problma me mata porque afecta también como decís a los que no tienen tierras directamente. Es terrbile y es dificil hacer que la gente se involucre con la causa. Una opción sería viajar para alla, quedarse unos días en alguno de los hoteles en tilcara y vivir la situación en carne propia, además un viaje alla nunca está de más porque es muy bello.
    Saludos
    Melu

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